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Empresa plurifamiliar puede ser un término a priori extraño, aunque veremos enseguida que tiene su sentido. Para situarnos en contexto, podemos recordar antes que una empresa familiar es aquélla cuya propiedad y gestión están en manos de personas que son familiares entre sí. De forma simplificada, ésta vendría a ser su definición legal (según se extrae del Real Decreto 171/2007) y, en el fondo, es también la idea que cualquier persona podría tener acerca de qué es una empresa familiar. Se genera así un binomio indisociable, una conexión exacta y precisa entre una empresa y una familia. Algo a lo que tradicionalmente ha contribuido la coincidencia entre denominación social y apellido familiar: la compañía automovilística Ford es, lógicamente, la empresa de la familia Ford.
Pero esto no siempre es así, pudiéndose producir situaciones asimétricas que, desde el punto de vista de organización societaria, plantean necesidades específicas.
Una primera asimetría la encontramos en aquellos casos en los que una misma familia es propietaria de diversas empresas. Esto no presenta a priori mayor complicación, más allá de que se deba tener en cuenta la existencia de este grupo de sociedades -y de sus vinculaciones internas- a los oportunos efectos organizativos y de relación con la familia empresaria.
Otra asimetría, la que comentábamos al principio, en cambio, sí requiere mayor atención. Se trata de aquélla que se produce cuando, en una misma empresa familiar, hay más de una familia. Es decir, cuando nos encontramos frente a lo que podríamos denominar una empresa plurifamiliar. Evidentemente, cuando ése es el caso, hay que ajustar muy bien a esta realidad todos los instrumentos con los que se trata de dar respuesta a los retos habituales de toda empresa familiar, en la medida en que todos ellos están concebidos, a priori, para proyectar sus efectos sobre una sola familia. O por ser más precisos: sobre un conjunto de personas que forman parte de una misma familia.
Empresas plurifamiliares: una situación nada infrecuente
Es preciso señalar en primer lugar que la situación a la que nos acabamos de referir no es, con permiso de la familia Ford, en absoluto infrecuente. En algunas ocasiones, la presencia de varias familias viene heredada: por ejemplo, cuando dos personas que nos son familiares entre sí montan una empresa y, a partir de la segunda generación, sus respectivas familias asumen su propiedad y su gestión. En otras ocasiones, es fruto de la voluntad de una familia de dar acceso al capital de su empresa a otra familia, por la razón que sea (afinidades personales, necesidad de financiación, existencia de negocios complementarios, etc.). Pero poco importa qué haya provocado la situación. Lo importante es saber cómo afrontarla.
Desde este blog siempre hemos defendido la importancia de contar con un protocolo familiar, a fin de regular adecuadamente las relaciones entre empresa y familia, las relaciones familiares que tengan que ver con la sociedad, y la organización interna de la propia compañía, en todo aquello que tenga que ver con la familia. Y también cuando estamos en una empresa de la que participan varias familias es importante contar con esta figura, ya que las distintas cuestiones que el protocolo regulará (especialmente la sucesión al frente de la empresa) deberán ser también abordadas.
Pero no podrá ser un protocolo al uso, en la medida en que éste parte generalmente de una premisa clara: todos sus firmantes son personas a las que une un vínculo familiar, ya sea sanguíneo o por afinidad. Si en una misma empresa hay socios y gestores que pertenecen a dos, tres o más familias, las reglas más clásicas de un protocolo no tendrán aplicación directa o, por expresarlo quizás mejor, necesitarán adaptarse a una realidad que no es exactamente aquélla en la que suelen encajar.
Cómo organizar la empresa plurifamiliar
Pensemos por ejemplo en una empresa en la que participen miembros de tres familias. El protocolo puede -y debe- ser una herramienta que les ayude a configurar adecuadamente la estructura de la sociedad, que les permita disponer de órganos de gobierno específicos, que les ayude a reflexionar sobre cómo planificar la sucesión o que les haga posible garantizar el mantenimiento de la propiedad en manos de esas tres familias, de cara a las generaciones siguientes.
También en el caso de esta empresa plurifamiliar, el protocolo podrá ayudar a conseguirlo. Deberá tener en cuenta, eso sí, la existencia de tres familias distintas y adaptar sus reglas a la necesaria conjunción de intereses de esos tres grupos. Pero esto no diferirá, en el fondo, de la situación que se puede encontrar en cualquier empresa que, siendo de una sola familia, esté en tercera o cuarta generación y, con ello, pueda tener varias ramas familiares que tengan cada una de ellas, como tales, sus propios intereses frente a las otras.
Sería recomendable, en una empresa como la del ejemplo, que el protocolo familiar se viera complementado, a su vez, con otros pactos parasociales (otros protocolos familiares, por qué no) que vinieran a definir las relaciones internas de cada una de las familias. Así pues, podríamos encontrarnos hasta cuatro protocolos: el de la empresa familiar en su conjunto y, junto a éste, el de cada una de las tres familias participantes. Puede haber varios protocolos porque, en definitiva, hay varias pequeñas empresas familiares dentro de una misma gran empresa familiar.
Como es evidente, no sería necesario que los protocolos de cada familia definieran cuestiones de organización societaria, en la medida en que éstas vendrían determinadas ya por el protocolo común, pero sí podrían incorporar reglas internas en cuanto a acceso a puestos de dirección, normas privadas de transmisión del capital, y servir también como sindicato de voto de cara a la junta general de la compañía, haciendo que la posición de cada una de las familias viniera determinada ya previamente.
Esto último puede ser más importante de lo que parece, porque la realidad demuestra que, en la práctica, no es tan obvio como se pudiera pensar. Si una de las familias quiere mantener una posición unitaria frente a las otras dos, deberá regularlo con su correspondiente pacto privado, tenga o no forma de protocolo familiar.
Y es que no serán infrecuentes las situaciones en las que, por cuestiones de afinidad, alguno de los socios pueda entenderse mejor con otro socio de alguna de las otras familias que con algún socio de la suya. No resulta difícil de comprender: siempre es más fácil alinear posiciones con otra persona con la que haya coincidencias notables (rango de edad, posición en la empresa, situación personal), aun no siendo familiar, que con otra persona que esté en un momento vital o en una posición totalmente distintas, aun siendo familiar. Algo así como lo que ya explicaba Jean Renoir en La gran ilusión y que es, en el fondo, muy natural.
La realidad de la empresa familiar no es única, de manera que la forma de afrontarla no puede serlo tampoco. Pero cada situación, por mayores retos que plantee, puede ser abordada y puede encontrar sus propias soluciones. Nuestros abogados expertos en empresas familiares (o plurifamiliares) pueden ser un buen apoyo para conseguirlo. Contacte con ellos aquí.
- Más información sobre Empresa Familiar
Antonio Valmaña – Grupo Empresa Familiar
Director en el área litigación y arbitraje
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