La Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016 incorporó, como viene siendo habitual, distintas novedades legislativas en materia laboral y de Seguridad Social. En materia de cotización a la seguridad social, entre otras, se determina la cuantía de las bases máxima y mínima de cotización, de los tipos de cotización por contingencias comunes, por horas extraordinarias, por las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional y, por lo que a este comentario respecta, se modifica -con efectos 1 de enero- la regulación respecto de los trabajos exclusivos de oficina…
María del Mar Alarcón en El Economista.
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