En los pleitos en los que se enfrenta el teletrabajo y la presencialidad, los tribunales parecen estar inclinándose hacia la presencialidad en las empresas. La conciliación de la vida familiar y laboral es una de las razones por las que se acepta el teletrabajo, pero hay puestos de trabajo en los que no es posible adaptarse a esto.
Noé Fau, abogado en el área laboral, comenta en El Confidencial Digital: “El teletrabajo depende de la voluntad de las empresas ya que no es ninguna obligación para ellas, y, por lo tanto, no existe un derecho absoluto de los trabajadores a teletrabajar”. Y añade que las propuestas de teletrabajo deben ser “razonables y proporcionadas con la necesidad del trabajador y con la situación organizativa y productiva de la empresa”.
Nuestro abogado laboralista afirma que ha habido “gran cantidad” de demandas por teletrabajo en las empresas, especialmente desde que el pasado año se introdujera en la normativa la prestación de trabajo a distancia como una medida para solicitar la adaptación de jornada.
Sobre este balance del teletrabajo y la presencialidad en los tribunales, una reciente sentencia ganada por CECA MAGÁN Abogados rechazaba la demanda de una empleada por un juez, por considerar este que la petición era desproporcionada y no se acogía al pacto previo con la empresa.
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