Con motivo del día 4 de febrero, en el que se celebra el Día Mundial Contra el Cáncer, hablamos del derecho al olvido oncológico. Este pretende evitar la discriminación para pacientes que han sufrido un cáncer, especialmente, en determinados ámbitos en los que, el hecho de haber sufrido una enfermedad larga y compleja durante años, supone un impedimento.
Aquellos que han sobrevivido a la enfermedad, reivindican este derecho al olvido oncológico para no sufrir discriminación, y que sus datos médicos no les lastren en ámbitos como el financiero, laboral y social.
Rafael Vallet, socio del área de derecho de familia, explica en Science Media Center en qué consiste este derecho: "garantiza que una entidad aseguradora o bancaria no pueda tener en cuenta los antecedentes médicos como enfermedad preexistente siempre que hayan transcurrido cinco años desde la finalización de la enfermedad y no se haya sufrido alguna recaída en dicho plazo”.
Nuestro abogado experto añade las consecuencias de esta normativa, como por ejemplo: "nulidad de cláusulas, condiciones o pactos que excluyan a una de las partes por haber padecido cáncer; prohibición de hacer diferenciaciones en la contratación de un seguro; eliminación de la obligación de declarar si se ha padecido cáncer para suscribir cualquier póliza de seguro".
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