Los padres con hijos en cuarentena y PCR negativo no podrán coger la baja laboral. Así lo ha anunciado recientemente la ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero.
Montero ha recordado que los progenitores en esta situación sí podrán acogerse al Plan “Me Cuida”, que permite a los trabajadores adaptar o reducir su jornada laboral para el cuidado de personas a su cargo (hasta segundo grado), siendo posible una reducción del 100% de la jornada, en ese caso sin sueldo, sin que puedan ser sancionados o despedidos por ello.
Nuestro compañero Jorge Sarazá, Socio del área laboral, ha valorado este anuncio en el programa ‘En Jake‘, de ETB 2. Sarazá ha comenzado explicando que pueden darse dos situaciones: “Una primera en la que hay un contagio en casa, bien del menor o de otra persona conviviente con ese menor, en cuyo caso sí hay una baja médica, que es una prestación de la Seguridad Social a cargo del Estado […]. Por otra parte, si no hay contagiado en casa, bien sea el menor, los papás u otro conviviente con ese menor, no estamos ante una prestación de Seguridad Social ni ante una baja médica. Nos encontraríamos ante un potencial ejercicio de un derecho de conciliación de vida familiar y laboral”.
Cuestionado por la regulación de esta norma, Sarazá ha recordado que ya se encuentra regulada en el Plan “Me Cuida”, introducido en el Real Decreto Ley 8/2020: “Se trata de una normativa nacional, y por tanto, aplicable y exigible tanto a trabajadores como a empresas. Son derechos que pueden solicitar los empleados estén donde estén, en cualquier Comunidad Autónoma”, sentencia.
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