Condiciones Generales

1. Partes del Contrato

1.1 Ceca Magán Abogados, S.L.P. (indistintamente, «Ceca Magán Abogados», «Ceca Magán» o el «Despacho») prestará al cliente (el «Cliente» e indistintamente, «Vd.») los servicios contemplados en la Propuesta de Servicios con la diligencia profesional exigible conforme a los estándares profesionales aplicables.

La Propuesta de Servicios tendrá una vigencia de treinta (30) días siguientes a su emisión. Transcurrido dicho plazo sin la debida aceptación y firma por parte del Cliente, deberá emitirse una nueva propuesta o acordar previamente su renovación por escrito.

En el caso de aceptación y firma por parte del Cliente de la Propuesta de Servicios, ésta tendrá la naturaleza jurídica de Contrato de Prestación de Servicios (el «Contrato») del que también forman parte integrante las presentes Condiciones generales de contratación.

1.2 Ceca Magán Abogados prestará los servicios como contratista independiente, manteniendo la dependencia jerárquica laboral de todos los profesionales que participen en la realización de los trabajos, siendo responsable en todo momento de su dirección, de su remuneración, no pudiendo considerarse en ningún caso empleado, agente, socio ni colaborador del Cliente.

1.3 Ceca Magán Abogados se obliga a llevar por sí misma, con recursos propios y sin posibilidad de delegación alguna a favor de terceros, (salvo previa autorización por parte del cliente) cuantos asuntos se le encomienden por este Cliente, con pleno sometimiento a sus reglas deontológicas.

1.4 En aquellos asuntos en los que sea necesaria la intervención de terceros, tales como Notarios, Procuradores, Peritos, Traductores, Auditores de Cuentas y/o similares, el Cliente expresamente autoriza a Ceca Magán Abogados para que sea ésta quien designe a las personas con quienes habitualmente mantiene colaboración, asumiendo el Cliente la contraprestación de dichos servicios.

1.5 Ceca Magán Abogados será el único responsable frente al Cliente de la prestación de sus servicios y del cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.

1.6 Ceca Magán Abogados no será responsable de aquellas decisiones de gestión empresarial que, trascendiendo lo estrictamente jurídico, pueda tomar el Cliente, aunque éste las adopte con base en el asesoramiento legal prestado.

2. Asesoramiento de Ceca Magán Abogados

2.1 Cualquier tipo de asesoramiento, información o documentación que Ceca Magán Abogados proporcione al Cliente en relación con los servicios prestados, será exclusivamente para su uso interno. Los servicios que se prestan habitualmente al Cliente son para encargos o proyectos específicos, o de asesoramiento continuado en régimen de iguala en cualquiera de las áreas de especialidad del Despacho.

2.2 El Cliente se abstendrá de revelar, fuera de su ámbito interno, el contenido de los informes o trabajos realizados por el Despacho, salvo: (i) a los abogados nombrados por el Cliente; (ii) cuando fuera requerido en cumplimiento de un deber legal; y/o (iii) a cualquier otra persona con el consentimiento de Ceca Magán Abogados.

2.3 La documentación, informes, notas o trabajos jurídicos relacionados con los servicios no se entenderán finalizados sino hasta la emisión de los documentos definitivos, por lo que cualquier borrador de trabajo no puede considerarse definitivo sino hasta la emisión del documento final al Cliente, previa petición de éste. Ceca Magán Abogados no tiene la obligación de actualizar un informe o documento definitivo basado en acontecimientos o circunstancias de las que hubieran tenido lugar, con posterioridad a su entrega al Cliente.

3. Responsabilidades del Cliente

3.1 El Cliente asignará la supervisión de los servicios a una persona cualificada y será responsable de todas las decisiones de gestión adoptadas en relación con los servicios.

3.2 El Cliente proporcionará a Ceca Magán Abogados, con carácter inmediato, toda la información, documentación, los recursos y la asistencia que le fuera requerida para la prestación de los servicios.

3.3 Toda la información suministrada por el Cliente o por terceros en su nombre («Representantes») se presupone completa en todos sus extremos. El suministro de dicha información por parte del Cliente no infringirá ningún derecho de confidencialidad, de autor o de propiedad intelectual, ni ningún otro derecho de un tercero.

3.4 Ceca Magán Abogados basará su trabajo en la información y documentación proporcionada por el Cliente o sus Representantes y, salvo acuerdo expreso en contrario, no asume la obligación de verificar la exactitud de la misma.

4. Límites a la prestación de los servicios

4.1 Ceca Magán Abogados no puede garantizar el éxito profesional de las actuaciones que emprende en representación del Cliente y, en particular, en los asuntos relativos a litigios por no ser su resultado de la exclusiva competencia de los profesionales que prestan los servicios al intervenir otros terceros que pueden determinar el mismo. La prestación de los servicios por Ceca Magán Abogados se considerará una obligación de medios y no de resultado.

4.2 Ceca Magán Abogados no responderá frente al Cliente por perjuicios económicos derivados de daños indirectos cuyo origen traiga causa en los servicios prestados. La responsabilidad total y conjunta de Ceca Magán Abogados frente al Cliente y/o terceros beneficiarios de los servicios, por pérdidas o daños de cualquier naturaleza relacionados con los servicios prestados, queda limitada al importe de los honorarios profesionales percibidos por el Despacho, salvo: (i) acreditación por el Cliente de dolo o negligencia grave del Despacho; y, (ii) siempre que la prestación de los servicios se haya realizado en contra de la ley o la normativa profesional aplicable.

4.3 El Cliente no podrá reclamar a Ceca Magán Abogados, a sus socios, abogados y empleados responsabilidad alguna por actos u omisiones de terceros profesionales que hayan intervenido en la prestación de los servicios, salvo por lo dispuesto en el presente apartado.

5. Propiedad Industrial e Intelectual

5.1 Serán de titularidad de Ceca Magán Abogados todos los derechos de propiedad intelectual e industrial que se deriven de los materiales, documentos, informes, escritos, y/o sobre cualesquiera otros relacionados con los servicios prestados.

6. Confidencialidad

6.1 Ninguna de las partes podrá revelar a terceros el contenido de este contrato ni cualquier información proporcionada por la otra parte o en su nombre, que deberá tratarse como confidencial. Cualquiera de las partes podrá, no obstante, revelar dicha información en el supuesto de que pasará a ser de dominio público (siempre que el carácter público no haya sido proporcionado voluntariamente por ninguna de las partes), o cuando su revelación sea obligatoria en cumplimiento de la ley o en el contexto de un procedimiento judicial o administrativo.

6.2 Ambas partes manifiestan que, en todo momento será exigible recíprocamente que una parte suministre a la otra cuanta información sea precisa para el buen fin de las tareas encomendadas, sin que el carácter confidencial pueda ser causa que imposibilite la prestación del servicio. De igual modo, en todo momento se mantendrán entre Ceca Magán Abogados y el Cliente la colaboración y lealtad necesarias para el cumplimento del objeto del contrato, presidiendo en todo momento la buena fe empresarial de ambas partes.

6.3 Ceca Magán Abogados garantiza al Cliente, que el Despacho y los profesionales que intervengan en el tratamiento de la información del Cliente, guardarán la oportuna obligación de secreto profesional, actuando en todo caso con el sigilo que los servicios prestados requieren.

6.4 Cualquiera de las partes podrá utilizar medios electrónicos para mantener correspondencia y/o transmitir información, incluida la formalización del contrato. Su utilización no constituirá un incumplimiento de las obligaciones de confidencialidad.

6.5 La obligación de confidencialidad se mantendrá vigente por un periodo de 5 años a contar desde la terminación del contrato.

6.6 Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente autoriza a Ceca Magán Abogados a utilizar, si fuera necesario, el nombre del Cliente, así como, una referencia a los servicios prestados, siempre que sea necesaria para su actividad comercial. 

7. Protección de datos

7.1 En cumplimiento con la normativa de Protección de Datos Personales y, principalmente, con el Reglamento (UE) 2016/769 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE («Reglamento General de Protección de Datos» o «RGPD») y con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), Ceca Magán Abogados, S.L.P., con NIF número B-85313997 y con domicilio social en Madrid (28002), calle Velázquez, número 150, planta baja, informa al Cliente que sus datos personales y de los datos de las personas de contacto vinculadas con la prestación de los servicios serán tratados con la finalidad de llevar a cabo la gestión necesaria para la prestación de los servicios de Ceca Magán Abogados y para las finalidades que resulten pertinentes, incluyendo las de facturación, gestión de cobros e ingresos, contabilidad y gestión económica-administrativa.

Del mismo modo, los datos personales del Cliente podrán ser tratados con la finalidad de enviar comunicaciones promocionales sobre servicios similares al contratado, que pudieran ser de interés para el Cliente, en virtud del artículo 21.2 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico («LSSI-CE»), dándole la oportunidad de darse de baja en cualquiera de las comunicaciones electrónicas que se le remitan. Puede solicitar el envío de la Newsletter del Despacho, e indicarnos sus preferencias sobre el contenido que desea recibir a través del siguiente enlace.

La base jurídica de legitimación del tratamiento es, con carácter general la ejecución del Contrato de prestación de servicios suscrito (artículo 6.1. b del RGPD) el interés legítimo del Responsable (6.1.f del RGPD) y, en su caso, el consentimiento del interesado (6.1. a del RGPD), cuando así se le requiera expresamente.

Se informa al Cliente que sus datos serán tratados durante el desarrollo de la relación contractual y mientras sean necesarios para la finalidad que justifica el tratamiento. Asimismo, podrán ser conservados durante el tiempo necesario de conformidad con lo dispuesto en la normativa reguladora del ejercicio profesional de la abogacía y despachos de abogados, así como la normativa de blanqueo de capitales cuando ésta resulte de aplicación, en los términos del artículo 32 de la LOPDGDD.

Sus  datos personales no serán comunicados a terceros ni se realizarán transferencias internacionales de datos, salvo que sea necesario para el cumplimiento del presente contrato o de obligaciones legales aplicables a Ceca Magán Abogados. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la posibilidad de que Ceca Magán Abogados contrate con terceros proveedores que ofrezcan las adecuadas garantías, según la ley, y que podrían acceder a los datos personales del Cliente para la correcta prestación de los servicios contratados.

Por último, se informa al Cliente que podrá ejercitar, en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y oposición, dirigiendo una comunicación por escrito a la siguiente dirección de correo privacy@cecamagan.com, incluyendo la referencia «Ejercicio Derechos» y acompañando a su solicitud, de ser necesario, copia de su documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente (pasaporte, DNI o NIE). En caso de no considerar atendidos de forma debida sus derechos personales, podrá presentar una reclamación ante la autoridad de control competente, en este caso, la Agencia Española de Protección de Datos.

7.2 Cuando sea necesario para la prestación del servicio que Ceca Magán trate datos personales bajo la responsabilidad del Cliente, Ceca Magán Abogados, como Encargado del tratamiento llevará a cabo el tratamiento limitándose a lo que resulte necesario para el desarrollo de la prestación y no utilizará ni aplicará dichos datos para un fin distinto de la prestación de dicho servicio. En este ámbito, Ceca Magán se compromete a respetar todas las obligaciones que pudieran corresponderle con arreglo a la normativa en la materia, en concreto, lo dispuesto en el artículo 28 del RGPD y demás normativa de desarrollo, y a seguir las instrucciones que el Cliente, como Responsable del tratamiento, le traslade al respecto.

Los tratamientos de datos previstos, el tipo de datos y la categoría de interesados concernidos por el tratamiento son aquéllos directamente relacionados y necesarios para el correcto desarrollo de la prestación de servicios.

A estos efectos, Ceca Magán Abogados se compromete a tratar la información o datos que le sean proporcionados o resulten accedidos en virtud de esta prestación, con las debidas condiciones de seguridad que sean pertinentes en cada caso en coherencia con lo dispuesto en el artículo 32 del RGPD.

Asimismo, Ceca Magán Abogados se compromete a guardar bajo su control y custodia todos los datos que nos suministre, y a no divulgarlos, transferirlos, o de cualquier forma comunicarlos o cederlos a terceros, ni siquiera para su conservación, a otras personas, salvo que dicha comunicación se realizase a favor de personas físicas o jurídicas que contribuyesen a la prestación de los servicios pactados inicialmente entre las partes. En todo caso y salvo indicación expresa en contrario, el Cliente autoriza a Ceca Magán Abogados a subcontratar a terceros, como apoyo en la ejecución de los servicios que se ofertan al Cliente, de ser necesarios. En cualquier caso, cuando Ceca Magán Abogados recurra a un subcontratista por cuenta del Cliente, se impondrán, en materia de protección de datos, al subcontratista las obligaciones que se encuentran estipuladas en este documento.

Del mismo modo, Ceca Magán Abogados permitirá únicamente el acceso a los datos personales del Cliente a aquellos empleados que tengan la necesidad de conocerlos para la prestación de los servicios contratados, obligándose a informar a su personal y colaboradores, ya sean internos o externos, de las obligaciones dimanantes de la presente cláusula y de las relativas al tratamiento de datos de carácter personal y garantiza que las personas autorizadas para tratar datos personales se han comprometido a respetar su compromiso de confidencialidad.

Ceca Magán se compromete a no realizar transferencias internacionales de los datos personales a los que haya tenido acceso como consecuencia de la prestación del servicio contratado.

Una vez finalizada la prestación de servicios acordada entre Ceca Magán Abogados y el Cliente, que justifica el acceso a los datos de carácter personal respecto de los cuales el Cliente es el responsable, los datos de carácter personal tratados por Ceca Magán Abogados serán destruidos o devueltos, a elección del Cliente, al igual que cualquier soporte o documento en el que conste algún dato de carácter personal objeto de tratamiento, a menos que se requiera la conservación de los datos personales en virtud de la normativa aplicable. Así, el Cliente tendrá derecho a realizar la comprobación de dicho cumplimiento.

Ceca Magán Abogados, en su calidad de Encargado del tratamiento, asistirá de forma razonable y proporcionará al Cliente apoyo en el cumplimiento de sus obligaciones legales en materia de protección de datos y a este respecto, se compromete a:

  • Ayudar al responsable a garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los artículos 32 a 36 del RGPD, teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información a disposición del Encargado en el marco de la prestación de los servicios.
  • Asistir al Responsable, teniendo cuenta la naturaleza del tratamiento, a través de medidas técnicas y organizativas apropiadas, siempre que sea posible, para que este pueda cumplir con su obligación de responder a las solicitudes que tengan por objeto el ejercicio de los derechos de los interesados establecidos en la vigente normativa (acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de los datos, oposición, a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas (incluida la elaboración de perfiles). No corresponderá a Ceca Magán atender las solicitudes por cuenta del Cliente, limitándose a asistirle en calidad de encargado del tratamiento de datos por su cuenta, y sin que en ningún caso pueda considerarse una obligación de asesoramiento especializado en la materia.
  • Notificar sin dilación indebida al Responsable las violaciones de la seguridad de los datos personales de los interesados de que tenga constancia, cuando la violación de seguridad afecte a datos personales tratados por cuenta del Cliente. Lo anterior se articula como mecanismo de ayuda y de asistencia al Responsable a los efectos de poder cumplir con sus respectivas obligaciones legales contenidas en los artículos 33 y 34 del RGPD, y sin que en ningún caso pueda considerarse una obligación de asesoramiento especializado en la materia.

Ceca Magán, como encargado del tratamiento únicamente responderá de los daños y perjuicios causados por el tratamiento cuando no haya cumplido con las obligaciones del RGPD dirigidas específicamente a los encargados o haya actuado al margen o en contra de las instrucciones legales del Responsable del Tratamiento. En todo caso, el Encargado del Tratamiento estará exento de responsabilidad en virtud del artículo 82.2 del RGPD si demuestra que no es en modo alguno responsable del hecho que haya causado los daños y perjuicios.

Por su parte, el Cliente se compromete a:

  • Permitir a Ceca Magán Abogados el acceso a los datos y la información personal que proceda en orden a la adecuada prestación de los servicios a los que se refiere el Contrato.
  • Cumplir con la totalidad de las obligaciones que le resulten de aplicación según la actual normativa en materia de protección de datos.
  • Transmitir al Ceca Magán Abogados las instrucciones documentadas sobre el tratamiento de datos personales realizado en el marco del tratamiento realizado como encargado por cuenta del Cliente.

8. Honorarios y gastos profesionales

8.1 El Cliente abonará los honorarios profesionales y los gastos específicos que se deriven de los servicios prestados por Ceca Magán Abogados, según se detalla en la Propuesta de Servicios aplicable. Asimismo, el Cliente reembolsará al despacho los gastos en los que el Despacho ha incurrido para la prestación de los mismos. Los honorarios facilitados por Ceca Magán Abogados no incluyen impuestos ni gravámenes similares, devengados en relación con la prestación de los servicios, que serán asumidos por el Cliente.

8.2 El Cliente deberá realizar el pago dentro de los siete (7) días naturales siguientes a la fecha de emisión de las facturas, salvo que conste otro plazo de pago en la Propuesta de servicios. La forma de pago será mediante transferencia bancaria o ingreso en efectivo en la cuenta bancaria del Despacho que consta en la factura remitida al Cliente mediante correo electrónico, y a falta de éste mediante correo ordinario. Adicionalmente, previa autorización del Cliente, el Despacho podrá domiciliar los honorarios profesionales en la cuenta corriente del Cliente.

8.3 Cuando el Despacho preste servicios recurrentes facturados por el sistema de iguala o bolsa de horas, Ceca Magán Abogados emitirá el primer día hábil de cada mes la factura correspondiente a los servicios que se van a prestar.

8.4 Cuando el Cliente hubiera encomendado a Ceca Magán Abogados la dirección letrada de un proceso judicial y el Cliente fuese beneficiario del cobro de costas judiciales y el Despacho no hubiese acordado o percibido sus honorarios profesionales o, en su caso, las provisiones de fondos requeridas, ya sea por encontrarse en régimen de iguala integral o por cualquier otro motivo, Ceca Magán Abogados podrá hacer suyas las citadas costas judiciales hasta cubrir los honorarios debidos o derivados de la prestación de los servicios.

8.5 Ceca Magán Abogados podrá facturar honorarios adicionales: (i) cuando tengan lugar acontecimientos que escapen a su control (incluyendo acciones u omisiones por parte del Cliente) y que afecten a la prestación de los servicios en la forma y plazo inicialmente acordados; o, (ii) en el supuesto de que el Cliente solicite al Despacho la prestación de servicios adicionales. En este último caso, Ceca Magán Abogados podrá emitir al Cliente una breve descripción del encargo profesional junto a una estimación de sus honorarios y cualquier otra condición que estime necesaria, por vía electrónica, sin necesidad de suscribir propuesta de servicios adicional.

8.6 A falta de pago, se acuerda expresamente que los intereses que genere la deuda, desde el momento en que se hubiese debido efectuar el pago, se calcularán con base en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. En caso de que el Despacho efectúe un requerimiento de pago tras la emisión y envío de la factura, el Cliente deberá abonar los costes de cobro, que no serán inferiores al 5% de la deuda.

8.7 Ceca Magán Abogados podrá solicitar al Cliente que efectúe un depósito para cubrir gastos, con carácter enunciativo y no limitativo tasas, impuestos, suplidos y notas registrales.

9. Vigencia y terminación

9.1 El contrato será de aplicación a todos los servicios que el Despacho preste al Cliente, incluso aquellos iniciados con anterioridad a la firma de la Propuesta de Servicios.

9.2 El contrato terminará al concluirse los servicios objeto de contratación que figuran en la Propuesta de Servicios o, en su caso, aquellos acordados con el Cliente. En los servicios recurrentes, la duración será la que figure en la Propuesta de Servicios. Cualquiera de las partes podrá resolver anticipadamente el contrato, mediante notificación a la otra parte con al menos 30 días de antelación. A falta de comunicación y en el caso de servicios recurrentes, el contrato se entenderá prorrogado de forma automática por periodos anuales.

9.3 La reiteración de dos o más retrasos en el pago de facturas (derivadas de servicios recurrentes o específicos), facultará al Despacho a resolver anticipadamente el contrato y a exigir el pago de los honorarios convenidos de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 8.6. Asimismo, la falta de pago de cualquier gasto facultará al Despacho para resolver anticipadamente el contrato.

9.4 En el caso previsto en el punto 9.3 relativo a la prestación de servicios recurrentes, el Despacho remitirá al Cliente una propuesta que comprenda la relación de los asuntos y litigios que se encuentran pendientes. A falta de aceptación expresa del Cliente, en el plazo indicado en la propuesta, Ceca Magán Abogados se encontrará facultada para notificar a Juzgados, Tribunales, otras partes y Letrados de otras partes que ya no es responsable de la llevanza de dichos asuntos. Ceca Magán Abogados continuará tramitando los mismos hasta que transcurra el plazo indicado en la propuesta.

9.5 El Cliente deberá abonar los honorarios que se deriven de los servicios prestados hasta la fecha de la resolución, así como, los gastos en los que se hubiera incurrido.

10. Prevención de blanqueo de capitales

10.1 En cumplimiento de la normativa vigente sobre Prevención de Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, el Despacho comunica que como sujeto obligado de acuerdo a la Ley 10/2010, de 28 de Abril, podrá requerir al cliente y este se compromete a aportar en su caso, toda la información para la diligencia debida en la relación negocial, de acuerdo a las medidas de control interno adoptadas por Ceca Magán. Se informa al cliente de la obligación que el Despacho tiene para ceder los datos de clientes a los organismos competentes cuando así sea requerido, o por estricto cumplimiento de la normativa en esta materia”.

11. Obligaciones de información en el ámbito de la fiscalidad en relación con los mecanismos transfronterizos sujetos a comunicación

Ambas partes conocen las obligaciones de  Ceca Magán Abogados en relación con la Directiva 2018/822 del Consejo, de 25 de mayo de 2018, que modifica la Directiva 2011/16 por lo que se refiere al intercambio automático y obligatorio de información en el ámbito de la fiscalidad en relación con los mecanismos transfronterizos sujetos a comunicación de información, conocida como “DAC 6” y transpuesta por la Ley 10/2020, de 29 de diciembre, a su vez desarrollada por el Real Decreto 243/2021, de 6 de abril, y la Orden HAC/342/2021, de 12 de abril, y la Resolución de 8 de abril de 2021 del Departamento de Gestión Tributaria de la AEAT, y la inexistencia de impedimento alguno para el cumplimiento de las mismas.

En particular, en caso de que los servicios a prestar por Ceca Magán Abogados consistan en el asesoramiento relativo al diseño, comercialización, organización, puesta a disposición para su ejecución o gestión de la ejecución de un mecanismo transfronterizo de los definidos en la Directiva DAC 6, dicho asesoramiento se realizará con el único objeto de evaluar la adecuación de dicho mecanismo a la normativa aplicable.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el Apartado 6 de estas Condiciones Generales, la confidencialidad pactada no conllevará en ningún caso la exigencia para Ceca Magán Abogados de abstenerse de revelar a otros intermediarios o a las autoridades tributarias la forma en que un potencial mecanismo transfronterizo reportable en los términos de la Directiva DAC 6 podría proporcionar al cliente una ventaja fiscal. 

12. Ley Aplicable y Resolución de Disputas

12.1 La Propuesta de Servicios, las presentes condiciones generales de contratación y las obligaciones no contractuales derivadas de los mismos, se regirán por las leyes españolas.

12.2 Cualquier disputa relativa al contrato estará sujeta a la jurisdicción exclusiva de los Juzgados y Tribunales de aquella capital donde radique la oficina desde la que se hubiera prestado la mayor parte de los servicios.

12.3 Ambas partes acuerdan que Ceca Magán Abogados, no tendrá que limitar la prestación de sus servicios profesionales respecto a ningún tercero, pudiendo incluso prestar servicios iguales o similares a otras empresas del sector del Cliente, siempre que no incumpla sus obligaciones deontológicas.

13. Cesión del Contrato

Ninguna de las partes podrá ceder los derechos u obligaciones derivadas del contrato.

14. Estipulaciones finales

14.1 La ilegalidad, nulidad o invalidez de una cláusula del Contrato (en todo o en parte) no afectará a la validez del resto. 

14.2 Las presentes Condiciones Generales de Contratación y la Propuesta de Servicios   constituyen la totalidad del acuerdo entre las partes en relación con los servicios y con el resto de materias objeto del mismo, y sustituye a todos los acuerdos y manifestaciones previas en relación con los mismos.

14.3 Las partes podrán formalizar la Propuesta de Servicios y las modificaciones a los mismos, que deberán realizar por escrito, a través de medios electrónicos y cada una de las partes podrá requerirse para suscribir una copia independiente y en soporte físico de estos documentos. 

14.4 Las partes manifiestan que las personas que firman la Propuesta de Servicios se encuentran debidamente facultadas a esos efectos.