El diario El Mundo recoge en sus páginas que por primera vez la Justicia española falla que un trabajador de la empresa de reparto de comida a domicilio Deliveroo es falso autónomo. Ha sido el juzgado número 6 de Valencia el primer tribunal que ha dictado sentencia en contra de esta empresa británica, lo que pone en entredicho su modelo de negocio a base de repartidores o riders. Entiende, por tanto, el juez que dichos riders debieran ser personal laboral de la compañía y no autónomos: “El carácter laboral de la relación de prestación de servicios y, por tanto, el fraude de ley que suponía su encuadramiento como trabajador autónomo, declarando la improcedencia del despido”, puede leerse en la sentencia, que considera “acreditada” la existencia de “una relación laboral entre las partes”.
Ahora la empresa tendrá que indemnizar por despido improcedente o readmitir al trabajador que le llevó a juicio. Y es que en una Inspección de Trabajo previa, quedó probado que cada rider se halla siempre controlado por la compañía mediante un sistema GPS. Además, como la aplicación y el portal web pertenecen a Deliveroo, los repartidores carece de estructura empresarial; al igual que los precios también se encuentran fijados por la empresa de reparto.
Deliveroo podrá recurrir esta sentencia que pone sobre la mesa la falta de regulación existente en la realidad laboral de los autónomos. Dentro del campo de la llamada economía colaborativa, donde operan plataformas digitales como Uber, Cabify o la propia Deliveroo, hay más de dos millones de trabajadores que se encuentran actualmente en un limbo profesional y carecen de la protección y los derechos del resto de asalariados.
En Ceca Magán Abogados próximamente llevaremos a cabo una jornada de asesoramiento sobre falsos autónomos. Muy pronto te daremos más detalles.
Departamento del Área de Laboral
Ceca Magán Abogados
Añadir nuevo comentario