Tengamos en cuenta de inicio, que desde que se suscribiera en junio de 2015 el III Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva por las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, el conjunto de los convenios colectivos que se han venido negociando en España se desarrollaban- hasta la crisis planteada por la pandemia del coronavirus en marzo de 2020- en un contexto de recuperación de la actividad económica, del empleo y en ausencia de presiones inflacionistas con un IPC en tasas anuales controladas.
Por ello, los criterios interconfederales de negociación, plasmados tanto en el acuerdo referido en el párrafo anterior, como en el que lo sustituyó (el IV AENC) en 2018 para el periodo 2018-2020; habían fijado como modelo salarial uno basado en:
- Aumentar el poder adquisitivo de los salarios
- Establecer un valor fijo mínimo del incremento salarial, con independencia de cual fuera el IPC del año: “en torno al 2 %” anual, para el periodo 2018-2020
- Posibilitar incrementos superiores ligados a factores a concretar por empresas o sectores.
- Fijar un salario mínimo de convenio de 14.000 euros anuales a tiempo completo.
- En relación con la inflación, se dejaba en manos de los convenios inferiores el establecimiento de mecanismos de revisión salarial o no, teniendo en cuenta los criterios que en cada ámbito se considerasen.
Por lo tanto, en un escenario de inflación contenida, la negociación colectiva dió prioridad a conseguir la mejora de poder adquisitivo por la vía de incrementos fijos (desligados del IPC), mejoras adicionales y subida de salarios mínimos por convenio.
En términos reales, entre 2015 y 2019, aunque no con toda la intensidad prevista por los Acuerdos, se había conseguido una mejora del poder adquisitivo de los salarios y una elevación de los salarios mínimos de convenio adicional, a la que ha venido a sumarse las importantísimas subidas del SMI de los años 2019, 2020 y desde septiembre de 2021.
Pérdida de poder adquisitivo, IPC frente a subidas salariales
La negociación colectiva, fundamentalmente de base provincial y autonómica en nuestro país, como consecuencia del escenario económico planteado por la pandemia desde marzo de 2020, está sufriendo un serio problema de renovación de los pactos de convenio colectivo.
Los convenios plurianuales que incluyen 2021 entre sus años de vigencia negociados antes de la pandemia, y los negociados en 2020 e incluso durante el primer semestre de 2021 no han podido tener en cuenta el escenario extraordinario (e inaudito) en que se ha situado la evolución del IPC durante el 2021 y en su consecuencia, las subidas salariares pactados van a quedarse muy lejos de la inflación, provocando en muchos casos una pérdida de poder adquisitivo real también en las personas trabajadoras con convenio firmado.
Dentro de lo que había sido la lógica del IPC en los anteriores años, quienes concluyeron convenios con vigencia para 2021 tampoco situaron la cláusula de revisión salarial en el “centro” del pacto a alcanzar porque en los seis últimos años resultaba irrelevante.
En el segundo semestre del año 2021, los negociadores de los convenios se han visto impelidos a tener que afrontar el problema de la tensión inflacionista y, de hecho, los últimos convenios firmados ya confirman (al menos a nivel de sector y en la Industria) una tendencia a incrementos salariales superiores y a la recuperación de la indexación al IPC (a título de ejemplo, los convenios estatales de Industrias Cárnicas o de Industrias Lácteas (este último en fase de preacuerdo)).
No va a ser tarea fácil para los negociadores. Porque es cierto que para las personas trabajadoras el incremento de la inflación les empobrece y deteriora su poder adquisitivo, pero no es menos cierto que este escenario se produce en un momento donde las empresas siguen afrontando (al igual que los trabajadores) las negativas consecuencias de la ausencia del fin de la pandemia, en un contexto de recuperación de la actividad a menor ritmo que el previsto.con aún grandes incertidumbres futuras y con una inflación que, descansando fundamentalmente en el incremento de los precios energéticos, está incidiendo en negativo también en la cuenta de resultados de las mismas por el incremento no previsto de los gastos.
Es probable que sea necesario para los negociadores recuperar, al menos parcialmente, el incremento salarial y la evolución de la inflación y darse tiempo, ligado a la mejora económica y de la productividad, para recuperar el poder adquisitivo perdido.
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Counsel del área laboral
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