Abogados expertos en Inspección de Hacienda

¿Estáis preparados tú o tu empresa para una Inspección de Hacienda? El incremento de la presión fiscal y de las actuaciones inspectoras aconseja organizarse y planificar de la forma más segura posible.

Ya sea de forma preventiva, para evitar la inspección tributaria, o reactiva si ya ha llegado una sanción, la mejor herramienta en las empresas es un asesoramiento especializado en este tipo de procesos.  

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CECA MAGÁN Abogados expertos en inspecciones de Hacienda

Nuestros abogados expertos en Derecho Tributario acumulan una gran experiencia en inspecciones de Hacienda.

Esto les permite asesorar con la mayor solvencia tanto en la prevención de problemas como en hallar la mejor solución para los existentes. Te asesoramos en todo el proceso con un análisis preciso de la situación:

01

Revisión de documentación pasada e inspecciones previas

02

Control de los plazos, notificaciones y preparación de defensa

03

Impugnación de la regularización en instancias posteriores

04

Estrategia de defensa ante inspección y sanciones

Preguntas y respuestas más frecuentes sobre las Inspecciones de Hacienda

Una inspección de Hacienda es un procedimiento realizado por la Administración para comprobar que todos los aspectos fiscales de la empresa se cumplan conforme a la ley y no haya irregularidades.

No es fácil prever una inspección fiscal. Si se han tenido ejercicios con cifras llamativas, se han hecho excesos de ajustes o se pertenece a un sector en el que se incida especialmente el control, se puede esperar que Hacienda quiera hacer una inspección.

No obstante, como puede ser aleatorio que llegue una notificación de inspección a la empresa, lo ideal es incluir en la planificación anual de la empresa determinadas acciones de revisión con abogados expertos en inspecciones

La notificación de la inspección de Hacienda debe especificar si es de alcance general o parcial, y qué tributos y períodos se inspeccionarán, para que la empresa, con el correcto asesoramiento, pueda preparar la documentación necesaria referida a los periodos requeridos.

Una vez se recibe una notificación de inspección, y junto a abogados expertos en inspecciones, se recaban los documentos necesarios solicitados por la administración.

Es importante contar con el asesoramiento adecuado para preparar una estrategia de defensa en caso de no estar de acuerdo con lo solicitado.

El plazo general de una inspección es de 18 meses, que puede extenderse a 27 en dos casos:

  • Si la cifra de negocio es superior a la que se requiere para auditar las cuentas;
  • La empresa inspeccionada forme parte de un grupo que esté siendo inspeccionado o sea parte de un régimen especial de grupos de entidades.

La duración de una inspección de Hacienda dependerá, tanto de la colaboración de la propia empresa como de la profundidad con la que la administración revise el caso.

Una vez se de por concluido el periodo de inspección, el inspector propondrá una liquidación en actas, que pueden ser: de acuerdo, conformidad, o disconformidad.

En el caso de ser de disconformidad, se pueden presentar alegaciones en un plazo de 15 días, siempre ciñéndose a la estrategia de defensa preparada por los asesores tributarios.

Si tras una inspección de Hacienda se recibe una sanción, esta se debe pagar, aunque se puede solicitar la suspensión del pago mediante garantías.

Nuestros abogados tributarios especialistas en inspecciones tomarán las acciones necesarias para ello.

Sí. En el marco de una Inspección puede prestarse conformidad aceptando, parcialmente, la calificación jurídica de ciertos hechos. En este supuesto, en función del resultado de la regularización propuesta, la Inspección emitirá una o más actas.

Sí. Además, si las actas han sido firmadas en conformidad, la sanción impugnada se reducirá en un 30%. 

No obstante, en el caso de que las actas se firmaran en conformidad y no se impugnaran las sanciones, a éstas se les podría aplicar una doble reducción:

  • Un 30% por haber firmado el acta en conformidad, y
  • Un 40% adicional por abonar las mismas en plazo voluntario y no impugnarlas.

Si se confirmase la liquidación propuesta por la Inspección, se podría o bien interponer un recurso de reposición ante la Inspección o una reclamación económico-administrativa que se interpondrá ante el Tribunal Económico-Administrativo que corresponda.

Y, si el Tribunal Económico-Administrativo desestimase la reclamación interpuesta, se abriría la vía contencioso-administrativa con la interposición del recurso contencioso-administrativo ante los órganos judiciales.

En nuestra experiencia, las actuaciones económico-administrativas y judiciales pueden durar entre 3 y 6 años en función de la carga de trabajo de los Tribunales. Si bien existe un plazo máximo para la tramitación de cada una de las instancias, el hecho de que el mismo se sobrepase por causas imputables a los Tribunales, únicamente implicaría el devengo de intereses de demora a favor del contribuyente en el caso de que se estimen sus pretensiones; de hecho, es bastante habitual que las actuaciones económico-administrativas y judiciales se alarguen más allá del plazo establecido a tal efecto. 

La documentación solicitada en una inspección de Hacienda es muy variada. Así, de acuerdo con la normativa tributaria, la Inspección puede examinar documentos, libros, contabilidad principal y auxiliar, ficheros, facturas, justificantes, correspondencia con transcendencia tributaria, bases de datos informatizadas, programas, registros y archivos informáticos relativos a actividades económicas, así como bienes, elementos, explotaciones y cualquier otro antecedente o información que deba de facilitarse a la Administración o que sea necesario para la exigencia de las obligaciones tributarias.

No. La Administración únicamente puede inspeccionar los últimos 4 ejercicios salvo que se haya interrumpido la prescripción por alguna de las circunstancias previstas en la normativa tributaria.

No obstante, el plazo para comprobar las bases imponibles negativas y deducciones generadas y no aplicadas en las autoliquidaciones correspondientes se extiende hasta los últimos 10 ejercicios.

¿Necesitas más información para afrontar una inspección de hacienda? Nuestros expertos te dan las claves de cómo iniciar correctamente este proceso cuando se recibe la notificación de la Administración. 

Ceca Magán  es un despacho de abogados recomendado por los más prestigiosos directorios internacionales como Chambers & Partners y Best Lawyers.

Trabajamos en equipo, con especialistas en diferentes ámbitos del Derecho Tributario y una gran experiencia en procedimientos de inspección, con un objetivo claro: procurar la mejor defensa de los intereses del cliente frente a las cada vez más agresivas pretensiones de la Inspección de los Tributos.

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